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Nuevos modelos de Declaración Consumidor Final.

Tras la reciente modificación de el Reglamento de los Impuestos Especiales por el Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre de 2017, el artículo 106.4a en relación con la acreditación de la condición de consumidor final de gasóleo bonificado, ha sido modificado y ha quedado redactado de la siguiente manera:

“Los consumidores finales de gasóleo bonificado acreditarán, en cada suministro, su condición ante el proveedor mediante la aportación de la correspondiente declaración suscrita al efecto, que se ajustará al modelo que se apruebe por el Ministro de Hacienda y Función Pública.

No obstante, lo anterior, en el supuesto de varios suministros, los consumidores finales podrán acreditar su condición ante el proveedor mediante la aportación de la correspondiente declaración previa, ajustada al modelo que se apruebe por el Ministro de Hacienda y Función Pública. En este supuesto, la recepción también podrá efectuarse en el lugar señalado por el consumidor final por cualquier persona distinta de este último, siempre que el receptor se encuentre en dicho lugar, exhiba la mencionada declaración previa y haga constar su relación con el consumidor final.

En cualquier caso, el proveedor deberá comprobar que los datos que constan en la declaración y los datos del receptor se corresponden con la realidad, exigiendo en su caso la acreditación de la identidad de este último. El incumplimiento de esta obligación determinará que se incurra en la obligación de pago prevista en el apartado 7 del artículo 8 de la Ley.”

Los datos a cumplimentar en los nuevos modelos de declaración de consumidor final serán los siguientes:

1.- Declarante: NIF, NIE, nombre y apellidos

2.- Uso o destino del gasóleo:

Finalidad del consumo:

     I.         Si la finalidad del consumo es “Combustible”, se consignará según el caso:

- Domestico o residencial
- Profesional

     II.         Si la finalidad del consumo es “Carburante”, se consignará según el caso:

- Motores de propulsión de tractores y maquinaria agrícola
- Otros motores de propulsión distinto de tractores y maquinaria agrícola
- Motores no utilizados en la propulsión (motores estacionarios)

Otros datos:

     I.         Si la finalidad del consumo es como combustible domestico o residencial, o profesional, deberán rellenarse los siguientes datos:

- Tipo de instalación (descripción): Caldera calefacción….
- Localización: Dirección, calle, número y ciudad

     II.         Si la finalidad del consumo es como carburante de tractores y maquinaria agrícolas, deberán rellenarse los siguientes datos:

- Tipo de instalación (descripción): Tractor/maquinaria agrícola
- Numero de identificación: Matricula del vehículo o tipo y numero de fabricación de   maquinaria.

    III.         Si la finalidad del consumo es como carburante de otros motores de propulsión, deberán rellenarse los siguientes datos:

- Tipo de instalación (descripción): Tipo de artefacto, aparato o buque
- Número de identificación: Matricula, número de bastidor o en su defecto número identificativo asignado por la autoridad competente.

   IV.         Si la finalidad del consumo es como carburante en motores estacionarios, deberán rellenarse los siguientes datos:

- Tipo de instalación (descripción): Tipo de motor uso o destino

3.- Periodo de validez para varios suministros:

- Fecha: día/mes/año de firma de la declaración
- Fecha limite de vigencia de la declaración: día/mes/año

4.- Identificación del suministro para suministros únicos:

- Fecha de suministro: día/mes/año
- Lugar de entrega: Calle, Lugar, código postal, localidad y provincia

5.- Firmante:

- Nombre: Se consignará el nombre y apellidos de la persona que firma la declaración de consumidor final.
- Número de documento de identificación del firmante: Si el firmante dispone de DNI o NIE español, se consignará el número del NIF, o su defecto cualquier otro documento que permita la identificación del mismo.
- En calidad de: En el supuesto de que el firmante no coincida con el declarante, se indicará la relación del firmante con el declarante consumidor final.

Dichos modelos de Declaración de Consumidor Final ya han sido publicados en el Boletín Oficial del Estado a través de la Orden HFP/293/2018, de 15 de marzo y también pueden consultarse y visualizar en la página de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

DECLARACION DE CONSUMIDOR FINAL ART. 106.4 REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES SUMINISTRO UNICO

VISITAR ENLACE EN www.agenciatributaria.es

DECLARACION DE CONSUMIDOR FINAL ART. 106.4 REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES VARIOS SUMINISTROS

VISITAR ENLACE EN www.agenciatributaria.es

Alberto Diez Gutiérrez

Departamento Impuestos Especiales
AlcosAgemes